sábado, 22 de agosto de 2009

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN SGP

¿Qué es?

El Sistema General de Participaciones SGP está constituido por los recursos que la Nación transfiere por mandato de los artículos 356 y 357 de la Constitución Política de Colombia a las entidades territoriales – departamentos, distritos y municipios, para la financiación de los servicios a su cargo, en salud, educación y los definidos en el Articulo 76 de la Ley 715 de 2001 .

Este se conformado según la ley 715 de 2001 de la siguiente manera:

• Una participación con destinación específica para el sector educativo, denominada participación para educación; con un porcentaje del cincuenta y ocho punto cinco 58.5%
• Una participación con destinación específica para el sector salud, denominada participación para salud; con un porcentaje del veinte cuatro punto cinco 24.5%.
• Una participación de propósito general que incluye los recursos para agua potable y saneamiento básico, denominada participación para propósito general; con un porcentaje del diez y siete 17.0%.

El Distrito Capital, por su naturaleza recibe recursos provenientes de la distribución sectorial, en lo concerniente a propósito general, participación en educación, y salud (salud publica, atención a población pobre no afiliada régimen subsidiado, régimen subsidiado).

1. Sistema General de Participaciones
1.1 Sistema General de Participaciones Educación
1.2 Prestación de servicios ( Educación)
1.2.1 Prestación de servicios de Salud.
1.2.2 Sistema General de Participaciones en Salud;
1.2.3 Prestación de servicios (educación)
1.3 Régimen subsidiado
1.4 Salud publica
1.5 Aportes patronales (salud)
1.6 Propósito General. (Incluye los recursos agua potable y saneamiento básico).
1.7 Restaurantes escolares

El Departamento Nacional de Planeación DNP, emite el documento Compes el cual estipula la distribución los recursos entre las entidades territoriales; incluyendo el Distrito Capital según las disposiciones de la Ley 715 de2001.

Estos recursos se emite en doceavas y se establece un periodo de tiempos de giros; las doceavas comienzan a girarse desde Febrero en esta medida el proceso de legalización se efectúa cuando la nación le gira al Distrito Capital las doceavas pertinentes que estipula el documento Compes. El cual es sumido por la Subdirección de Operación Bancaria.

Normatividad

Ley 715 de 2001”Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros”.

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